Schengen bajo presión: migración, transferencia electoral y erosión de una de las bases más visibles de la unidad europea
- Mg. Nicolas E. Salvoni

- 18 abr
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Actualizado: 19 abr
Europa suele pensarse a sí misma a través de un conjunto de instituciones cuya permanencia parece, a esta altura, casi natural. Entre ellas, pocas resultan tan visibles, cotidianas y políticamente significativas como el espacio Schengen.

Schengen no es solo una arquitectura jurídica destinada a facilitar la circulación, sino una de las formas más tangibles de la integración europea: la posibilidad de desplazarse entre Estados sin controles fronterizos internos como experiencia ordinaria de libertad, pertenencia y continuidad territorial. La propia Comisión Europea lo presenta como una “piedra angular” de la identidad europea y un activo estratégico del continente. Hoy ese espacio abarca 29 países, da marco a la movilidad de más de 450 millones de personas y siguió ampliándose incluso en los últimos años, con la incorporación plena de Bulgaria y Rumania desde el 1 de enero de 2025.¹
Sin embargo, la perdurabilidad de su funcionamiento descansa sobre la premisa de que la eliminación de fricciones en las fronteras internas puede sostenerse porque existe un control suficientemente eficaz, coordinado y legítimo de la frontera exterior. Además, depende de la confianza en que, si ello falla, existen mecanismos de corrección eficientes para revertir los efectos derivados de dicho fallo. Pero el lento debilitamiento en esa confianza comienza a afectar directamente la lógica del sistema, que empieza tensionarse. Por otra parte, la cuestión migratoria adquiere transferencia electoral dentro de los Estados miembros haciendo que el incentivo político para restaurar controles visibles a escala nacional aumente con rapidez.
La hipótesis que proponemos aquí es que el principal riesgo para Schengen no radica hoy en un eventual colapso sino en la erosión gradual de su lógica: a medida que la migración irregular y el asilo se consolide como temas de alto costo político interno, y conforme las políticas del bloque no se adapten de manera ágil a ello, los gobiernos nacionales tenderán a normalizar excepciones, controles y respuestas defensivas volviendo al espacio europeo menos homogéneo, más securitizado y más contingente.²
Qué es lo que realmente está en juego en Schengen
Conviene, antes que nada, precisar de qué hablamos cuando hablamos de Schengen. El sistema no se agota en la supresión de controles en las fronteras internas. Supone, además, una gestión común de las fronteras exteriores, reglas compartidas sobre visados y circulación de corto plazo, cooperación policial, intercambio de información y mecanismos de coordinación destinados a asegurar que la apertura interior no se traduzca en vulnerabilidad estratégica. En ese sentido, Schengen es menos un gesto idealista de apertura irrestricta que un arreglo complejo de confianza recíproca entre Estados que aceptan reducir controles internos porque presuponen que el perímetro externo está siendo administrado de forma suficientemente consistente.²,¹⁰
Las reformas recientes muestran, de hecho, que las instituciones europeas no interpretan la coyuntura actual como un motivo para debilitar Schengen, sino como una razón para preservarlo endureciéndolo. La actualización del Schengen Borders Code aprobada en 2024 buscó precisamente reforzar la capacidad de respuesta frente a crisis en las fronteras exteriores, aclarar reglas sobre reintroducción de controles internos, introducir soluciones frente a escenarios de instrumentalización migratoria y mejorar la coordinación ante movimientos secundarios. A ello se suma la plena operatividad del Entry/Exit System desde el 10 de abril de 2026, que reemplaza el sellado manual de pasaportes por un registro digital de entradas, salidas y rechazos de ingreso de nacionales de terceros países en 29 Estados europeos. Esa es la forma en que la Unión no se resigna al desorden, sino que intenta defender Schengen mediante una combinación de endurecimiento y gestión más centralizada del control exterior.²,³
La migración como cuestión de transferencia electoral
Como dijimos en artículos anteriores, la migración dejó hace tiempo de ser un asunto tratado exclusivamente en términos administrativos, humanitarios o técnicos. Se convirtió también en una cuestión de competencia partidaria, sensibilidad identitaria y castigo electoral. Gessler y Hunger muestran que la crisis de refugiados empujó a los partidos mainstream a dedicar mucha más atención al tema migratorio, en buena medida como reacción al énfasis de las derechas radicales sobre esa agenda. En paralelo, el Eurobarómetro de otoño de 2024 ubicó a la inmigración entre los principales problemas percibidos a nivel de la Unión, solo detrás de la guerra en Ucrania.⁴,⁵
Lo decisivo, entonces, es la traducción política de lo anterior. Frente a una migración que empieza a ser vista como símbolo de descontrol, saturación institucional o amenaza al orden, el margen para sostener soluciones lentas, cooperativas o técnicamente complejas se reduce. En ese plano, la frontera interna reaparece como dispositivo político aun cuando, desde una perspectiva sistémica, el problema de fondo remita a la frontera exterior, al régimen de asilo o a la distribución desigual de cargas entre socios.
Dicho de otro modo: la presión sobre Schengen no proviene solo de los flujos, sino de la forma en que esos flujos son convertidos en una variable electoralmente rentable.
Del déficit de control externo a la tentación del control interno
La dificultad de fondo radica en que, si un Estado considera que la frontera exterior no filtra de manera eficaz, que el sistema de asilo opera con tiempos demasiado largos, que los retornos son poco ejecutables o que los movimientos secundarios trasladan hacia su territorio costos generados en otro punto del perímetro europeo, la tentación de recuperar control interno se vuelve políticamente comprensible.
Lo interesante es que esta presión persiste incluso cuando algunos indicadores recientes muestran cierto alivio cuantitativo. Según la EUAA, en 2025 las solicitudes de protección internacional en la UE+ cayeron aproximadamente un 19% respecto de 2024, hasta unas 822.000. Frontex, por su parte, informó que las detecciones de cruces irregulares en las fronteras exteriores de la UE descendieron 26% en 2025, hasta casi 178.000, el nivel más bajo desde 2021. Sin embargo, esa reducción no produjo una descompresión proporcional del debate político ni una desaparición automática de los controles internos. La explicación es relativamente simple: una vez que la migración queda fijada en la agenda pública como problema de seguridad, identidad o capacidad estatal, el peso político del tema deja de depender linealmente del volumen efectivo de llegadas.⁶,⁷
En ese contexto, la reforma de 2024 del Schengen Borders Code adquiere especial relevancia. El nuevo texto no solo insiste en que la reintroducción de controles internos debe seguir siendo un último recurso. También reconoce expresamente la necesidad de contar con herramientas frente a la instrumentalización de la migración y frente a situaciones de movimientos secundarios de gran escala. La propia legislación, por lo tanto, admite que la tensión entre apertura interna y presión migratoria ya no es una anomalía pasajera, sino una variable estructural del funcionamiento de Schengen.²
Un briefing del Parlamento Europeo señalaba que, en mayo de 2025, once Estados Schengen mantenían controles en fronteras internas por amenazas vinculadas a migración irregular y/o seguridad interna. La Comisión, en su listado actualizado al 12 de mayo de 2026, seguía registrando notificaciones de controles internos en países como Austria, Italia, Países Bajos, Francia, Suecia, Dinamarca, Noruega y Eslovenia, entre otros, con justificaciones que combinan movimientos migratorios, smuggling, amenazas terroristas, crimen organizado y riesgos híbridos. Schengen, por supuesto, continúa existiendo. Pero la idea de un espacio plenamente libre de fricciones empieza a convivir cada vez más con una práctica de re-bordering selectivo y renovable.⁸,⁹
El nuevo Screening Regulation prevé un tratamiento diferenciado para nacionales de terceros países sujetos a controles en frontera exterior o a procedimientos iniciales de screening, bajo exigencias explícitas de respeto de derechos fundamentales, acceso a atención de emergencia, identificación de vulnerabilidades y monitoreo independiente. La diferenciación por estatus migratorio, en otras palabras, existe y forma parte del diseño normativo europeo. Pero una cosa es diferenciar jurídicamente entre quien goza de libertad de circulación plena y quien solicita ingreso o protección; otra muy distinta sería deslizarse hacia un esquema donde, ante una misma situación, el europeo aparezca como portador de libertad y el extranjero como sujeto preventivo de sospecha. Si esa deriva se profundizara, el problema ya no sería solo de eficacia fronteriza, sino también de legitimidad política y moral del propio orden europeo.¹⁰,¹¹
Una señal de alerta para algo más amplio que Schengen
Hasta aquí conviene ser prudentes. No hay evidencia aún de que la continuidad inmediata de Schengen esté en duda, pero sería igualmente equivocado minimizar su desgaste. Sobre todo porque Schengen constituye una de las expresiones más tangibles de la integración europea, precisamente porque convierte una abstracción institucional en una experiencia concreta de la vida diaria. La literatura jurídica ya subrayó que la abolición de los controles internos no solo tenía una función económica, sino también una dimensión política vinculada a la producción de una experiencia espacial compartida para la ciudadanía europea. Si un logro de esa magnitud empieza a perder consenso, a ser puesto recurrentemente en suspenso o a volverse crecientemente condicional, lo que se erosiona no es solo una política sectorial: también se resiente la percepción de irreversibilidad que acompaña a buena parte del proyecto europeo.¹,¹²
En ese punto radica la verdadera señal de alerta. No porque una crisis de Schengen conduzca mecánicamente al derrumbe de la Unión, sino porque la normalización de su cuestionamiento puede debilitar una premisa política más amplia: la idea de que ciertos avances de la integración han quedado definitivamente fuera de discusión. Si instituciones centrales del esquema integrador europeo -y que parecían estar grabadas en piedra- pasan a ser objeto de discusión, lo irrevocable puede empezar a parecer revocable y el alcance de qué otras instituciones puedan ser cuestionadas en adelante se vuelve poco claro y potencialmente peligroso para el mayor ejemplo de integración jamás creado.
Conclusión
El desafío actual de Europa no consiste en elegir entre el falso dilema de Schengen o seguridad, ni entre libre circulación o control. La cuestión de fondo pasa por determinar qué tipo de Schengen puede sostenerse en un contexto en el que la migración irregular, el asilo, los movimientos secundarios y la competencia electoral interactúan de forma cada vez más intensa. La evidencia disponible no apunta a un final del espacio Schengen, pero sí a una transformación progresiva de su lógica original: más controles excepcionales, más digitalización, más securitización y mayor tolerancia política hacia respuestas nacionales que antes habrían sido vistas como desviaciones temporales.
Una erosión acumulativa, cuyo síntoma es que la frontera interior reaparece una y otra vez como respuesta políticamente rentable a déficits del perímetro exterior, podría derivar en que Schengen siga existiendo en términos jurídicos y, al mismo tiempo, pierda parte de su densidad integradora. Europa haría mal en subestimar esa deriva porque, cuando una de las instituciones más visibles y significativas de la unidad europea empieza a funcionar bajo una lógica crecientemente defensiva, la pregunta ya no es solo cuánto puede resistir, sino qué dice su desgaste sobre la solidez del consenso que sostiene al conjunto del proyecto europeo.
Mg. Nicolás E. Salvoni
Referencias
1. European Commission. (2025, 6 de octubre). Celebrate 40 years of Schengen. https://home-affairs.ec.europa.eu/whats-new/communication-campaigns/celebrate-40-years-schengen_en
2. Council of the European Union. (2024, 24 de mayo). Schengen area: Council adopts update of Schengen Borders Code. https://www.consilium.europa.eu/en/press/press-releases/2024/05/24/schengen-area-council-adopts-update-of-schengen-borders-code/
3. European Commission, Directorate-General for Migration and Home Affairs. (2026, 10 de abril). Entry/Exit System (EES). https://home-affairs.ec.europa.eu/policies/schengen/smart-borders/entry-exit-system_en
4. Gessler, T., & Hunger, S. (2022). How the refugee crisis and radical right parties shape party competition on immigration. Political Science Research and Methods, 10(3), 524-544. https://www.cambridge.org/core/journals/political-science-research-and-methods/article/how-the-refugee-crisis-and-radical-right-parties-shape-party-competition-on-immigration/ACFDD7C29E6EB431BCADF194FE114DE4
5. European Commission. (2024). Standard Eurobarometer 102 - Autumn 2024 factsheet. https://sweden.representation.ec.europa.eu/system/files/2024-12/Eurobarometer_Standard_STD102_Autumn_2024_factsheet_se_en%20%281%29.pdf
6. European Union Agency for Asylum. (2026). Latest Asylum Trends: Annual Analysis - Introduction. https://www.euaa.europa.eu/latest-asylum-trends-annual-analysis/introduction
7. Frontex. (2026, 15 de enero). Irregular border crossings down 26% in 2025, Europe must stay prepared. https://www.frontex.europa.eu/media-centre/news/news-release/frontex-irregular-border-crossings-down-26-in-2025-europe-must-stay-prepared-lyKpVb
8. European Parliamentary Research Service. (2025, mayo). State of the Schengen area. https://www.europarl.europa.eu/cmsdata/298752/EPRS-Briefing-757567-State-of-Schengen-area-update-v3-FINAL.pdf
9. European Commission, Directorate-General for Migration and Home Affairs. (2026). Temporary Reintroduction of Border Control. https://home-affairs.ec.europa.eu/policies/schengen/schengen-area/temporary-reintroduction-border-control_en
10. EUR-Lex. (2014/actualizado). Schengen Borders Code. https://eur-lex.europa.eu/EN/legal-content/summary/schengen-borders-code.html
11. European Union. (2024). Regulation (EU) 2024/1356 introducing the screening of third-country nationals at the external borders. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/HTML/?uri=CELEX%3A02024R1356-20240522
12. Salomon, S., & Rijpma, J. (2023). A Europe Without Internal Frontiers: Challenging the Reintroduction of Border Controls in the Schengen Area in the Light of Union Citizenship. German Law Journal, 24(2), 281-309. https://www.cambridge.org/core/journals/german-law-journal/article/europe-without-internal-frontiers-challenging-the-reintroduction-of-border-controls-in-the-light-of-union-citizenship/1E2B43D2B7F58EE752053CD7F10C050E



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